Solicitar Borrador de Declaración de Renta

Según las Fechas estipuladas por Hacienda para la Declaración de Renta 2008, el próximo lunes 2 de Marzo comienza el periodo en el cual los contribuyentes pueden solicitar el Borrador de Declaración de Renta. Los contribuyentes que lo requieran lo podrán hacer hasta el 23 de Junio.

Pero las fechas para confirmar borrador de Renta son las comprendidas a partir del 1 de abril y hasta el 30 de junio (hasta el 23 de junio si domicilia el pago). En este periodo, una vez recibido el borrador, los contribuyentes deben revisarlo y pueden modificarlo o completarlo si así lo desean.

Volviendo a la solicitud del borrador, lo pueden hacer todos los contribuyentes que reúnan las condiciones fijadas por la ley para recibirlo. Si reúne estas condiciones para recibir el borrador, la Agencia Tributaria se lo enviará y si no, le remitirá los datos fiscales.

¿Quienes pueden recibirlo? Los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual. Como podrán ver, aquellos inversores de fondos cotizados que hayan reembolsado sus participaciones quedan incluídos en este apartado.

Si quiere adelantarse a la solicitud, usted puede acceder al Simulador de Renta 2008-2009 provisto por la Agencia Tributaria.

Y si aún tiene dudas, Financial Red tiene un blog especializado en temas impositivos como la Declaración de Renta: impuestosrenta.com.

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