Publicado por Diego - 05/04/2010 a las 20:06:16

Por sus características, los fondos cotizados pueden resultar atractivos para los inversores puesto que gozan de ciertas ventajas con respecto al resto de fondos de inversión y a otras alternativas de inversión. Algunas de las más destacadas son las siguientes:
- Diversificación: los fondos de inversión cotizados ofrecen una gran diversificación para el inversor ya que, como su objetivo debe ser reproducir un índice bursátil, esto permite que con una sola participación se invierta en un amplio número de valores. Adquiriendo participaciones de un ETF se consigue el objetivo de replicabilidad automática de un índice en una única transacción.
- Comisiones más bajas: las comisiones de gestión y de depósito que llevan implícitas los fondos cotizados cuyo objetivo es la réplica de un índice bursátil suelen ser más bajas que en el resto de los fondos de inversión. En términos medios los fondos cotizados cobran una comisión de gestión inferior al 0,5 por 100.
- Dividendos: en el caso de los fondos de inversión cotizados los partícipes pueden recibir dividendos, una posibilidad que con carácter generalizado no tienen a su disposición los partícipes del resto de fondos de inversión.
- Flexibilidad: los fondos cotizados son más flexibles que el resto de los fondos de inversión, desde el punto de vista de que son más líquidos, puesto que se puede operar con ellos varias veces durante toda la sesión bursátil. Otras ventajas que presentan los fondos cotizados frente al resto de fondos son sus propias características ya comentadas en el epígrafe anterior, tales como: transparencia y accesibilidad.
Fecha de publicacion: abril 5, 2010
Categorias: ETF
Tags: No tags for this post.
Publicado por Diego - 02/04/2010 a las 01:18:49

Entre las principales características con las que cuentan los fondos cotizados se podrían destacar las siguientes:
— Accesibilidad: los fondos de inversión cotizados resultan ser altamente accesibles para todo tipo de inversores puesto que su contratación se efectúa mediante los mismos intermediarios financieros que para el caso de los títulos de renta variable y además, normalmente, el importe mínimo de inversión no es excesivamente elevado lo que permite a los pequeños ahorradores acceder a ellos.
— Transparencia: los fondos de inversión cotizados cuentan con un alto grado de transparencia debido fundamentalmente a que sus participaciones cotizan en Bolsa, lo que implica que el mercado proporciona a los inversores toda la información relevante en cuanto a precios, volúmenes, composición de la cartera, etcétera. Así, la sociedad rectora de la bolsa en la que cotice deberá realizar una difusión adecuada de la cartera del fondo, de la composición de la cesta de valores y/o la cantidad de efectivo susceptibles de ser intercambiados por participaciones y del valor liquidativo estimado en diferentes momentos de la contratación.
El Reglamento de la Ley de IIC en su artículo 49.7. también vela por esta transparencia informativa estableciendo que en los documentos informativos de la institución en los que aparezcan datos sobre el valor liquidativo de las participaciones,también deberán aparecer los datos correspondientes basados en la cotización de mercado. Del mismo modo, establece que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) podrá determinar el detalle con el que se debe informar en relación a la prima o descuento de la cotización respecto al valor liquidativo y de las diferencias de rentabilidad que se produzcan entre el índice de referencia y el fondo de inversión. Además en todas las publicaciones de la institución deberá hacerse constar de forma bien visible que el fondo cotiza en bolsa y que su política de inversión es reproducir un determinado índice.
— Liquidez: los fondos de inversión cotizados son más líquidos que el resto de fondos de inversión principalmente por dos razones, en primer lugar porque sus participaciones se negocian en un mercado secundario y esto permite a los inversores comprar y vender las participaciones varias veces a lo largo de la sesión bursátil y en cualquier momento de la misma sin tener que esperar a tener un precio al finalizar la sesión y, en segundo lugar, porque cada fondo cotizado cuenta con especialistas que le inyectan liquidez.
Al respecto, el artículo 49 del Real Decreto 1309/2005 indica que «a los efectos de facilitar el alineamiento del valor de cotización con el valor liquidativo estimado en diferentes momentos de la contratación, deberán existir entidades que asuman el compromiso de ofrecer en firme posiciones compradoras o vendedoras de participaciones con un diferencial máximo de precios». Además el folleto informativo del fondo de inversión cotizado recogerá las condiciones y límites del compromiso asumido por dichas entidades y del intervalo máximo de las cotizaciones que ofrecerán.
— Con respecto a la negociación, el horario del mercado de fondos de inversión cotizados es el horario habitual que existe en la bolsa de 8:30 a 17:35, con subastas de apertura y de cierre de 8:30 a 9:00 y de 17:30 a 17:35 respectivamente, y un periodo de negociación general de 9:00 a 17:30.
— En cuanto a la fiscalidad de los fondos de inversión cotizados, ésta es diferente a la del resto de los fondos de inversión, ya que se les aplica el régimen general de la venta o transmisión de acciones. Esto conlleva dos implicaciones principales con la normativa fiscal vigente en el año 2006: en primer lugar que las ganancias patrimoniales derivadas del reembolso o transmisión de los ETF no están sujetas a retención y en segundo lugar que no gozan de la exención fiscal por traspaso prevista para el resto de fondos de inversión.
Fecha de publicacion: abril 2, 2010
Categorias: ETF
Tags: No tags for this post.
Publicado por Diego - 31/03/2010 a las 15:59:41

A mediados de julio de 2006 aparecieron en España los primeros fondos de inversión cotizados al amparo del nuevo Reglamento de Institucionesde Inversión Colectiva (Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre). Exchange Traded Funds (ETFs), así es como se conocen el mundo.
Los fondos de inversión cotizados, se podrían definir, tal y como contempla el Reglamento de la Ley 35/2003 de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC), como aquellos fondos de inversión «cuyas participaciones están admitidas a cotización en bolsa». Los artículos 49 y 38 del citado texto recogen que el objetivo de la política de inversión de estos fondos cotizados debe ser «reproducir o replicar un determinado índice que reúna las siguientes condiciones: tener una composición suficientemente diversificada, resultar de fácil reproducción, ser una referencia suficientemente adecuada para el mercado o conjunto de valores en cuestión y tener una difusión pública adecuada».
Tanto los fondos de inversión cotizados como los fondos índice cuentan con la posibilidad de superar las limitaciones legalmente establecidas para los fondos de renta variable convencionales en cuanto a la inversión en valores emitidos por una misma entidad, que está limitada al 5 por 100 del patrimonio del fondo. Para ellos, el límite de inversión en valores de una misma entidad se amplía pudiendo llegar a ser de hasta el 35 por 100 del patrimonio total del fondo.
Esta ampliación en los márgenes de maniobra con la que cuentan los gestores es lo que permite la réplica del índice de referencia. Los fondos índice siguen lo que se conoce como gestión pasiva, es decir, que replican la composición del indicador que tienen como referencia sin que los gestores tomen decisiones acerca de sobreponderar o infraponderar valores o sectores. Esta forma de gestión garantiza que el fondo obtenga un rendimiento idéntico al del índice que sigue.
Por lo tanto, los fondos de inversión cotizados tienen cierto parecido con los fondos índice, ya que ambos tratan de replicar un determinado índice bursátil o una cesta de valores, pero hay una diferencia fundamental entre ellos, ya que los fondos cotizados se pueden negociar, (comprar y vender), varias veces a lo largo de toda la sesión de cotización mientras que con los fondos índice únicamente se opera al cierre del mercado, al igual que con el resto de fondos inversión.
Los fondos de inversión cotizados, muy recientes en el mercado español, ya existían desde hace tiempo en otros mercados financieros. El primer fondo cotizado se creó en EEUU a principios de los años noventa y diez años más tarde, en el año 2000, aparecieron los primeros fondos cotizados en los mercados europeos. Hoy en día existen unos quinientos fondos de inversión cotizados, negociados en treinta Seguir leyendo ¿Qué es un fondo cotizado?…
Fecha de publicacion: marzo 31, 2010
Categorias: Bolsa Española
Tags: No tags for this post.